El Código de Ética de la Comunidad Bursátil en México, promovido por la AMIB (Asociación Mexicana de Instituciones Bursátiles), constituye la columna vertebral de la integridad en nuestro sistema financiero. No son sugerencias, sino 8 principios fundamentales de cumplimiento obligatorio para todo aquel que lleve a cabo actividades bursátiles de forma profesional.
Su cumplimiento garantiza que el mercado de valores mexicano sea un entorno seguro, transparente y competitivo, regulado bajo la supervisión de la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores).
Los 6 principios éticos generales
Antes de pasar a las reglas operativas, todo profesional debe fundamentar su comportamiento en estos seis pilares de valor. Son el "ser" antes del "hacer":
- Honestidad: Actuar con rectitud y honradez en cada transacción.
- Integridad: Mantener una congruencia total entre los valores personales y la práctica profesional.
- Probidad: Constancia absoluta en observar los deberes y derechos.
- Diligencia: Actuar con esmero, cuidado y oportunidad en cada instrucción.
- Imparcialidad: Tomar decisiones basadas en criterios objetivos, sin sesgos.
- Buena fe: Mantener siempre una intención recta y transparente.
Los 8 principios fundamentales
Estos principios son las reglas de cumplimiento obligatorio ("sí o sí") que traducen los valores anteriores en acciones específicas dentro del mercado.
Principio 1: Actúa de acuerdo con las disposiciones aplicables y las sanas prácticas de mercado
Este principio es la "regla de oro" de la legalidad. Establece que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento y que el profesional debe ser un guardián activo de la normativa vigente.
¿Qué deben hacer los profesionales?
- Rechazar órdenes ilícitas: Abstenerse de ejecutar instrucciones que violen la regulación o las sanas prácticas, notificando de inmediato a sus supervisores.
- Liderazgo ético: Supervisar que sus colaboradores actúen conforme a derecho y promover la rectitud con el ejemplo personal.
- Cero complacencia: No ser cómplice ni omitir conductas incorrectas de terceros.
- Cultura de denuncia: Informar y aportar evidencia de violaciones legales ante las autoridades competentes y las Entidades Autorregulatorias.
¿Cuándo aplica este principio?
- Detección de irregularidades: Si notas que un compañero o subordinado realiza operaciones fuera de registro o infringe la Ley del Mercado de Valores.
- Órdenes dudosas: Cuando un cliente o superior solicita una operación que claramente evade controles fiscales o de cumplimiento.
- Reporte interno (Whistleblowing): En situaciones donde se reportan actos ilícitos dentro de la institución para proteger la integridad del sistema.
Nota:
Con el auge de las Fintech y las casas de bolsa digitales, este principio ahora se extiende estrictamente al cumplimiento de las normativas de Ciberseguridad y prevención de Lavado de Dinero (PLD).
Principio 2: Actúa con base en una conducta profesional íntegra que permita el desarrollo transparente y ordenado del mercado
Este principio busca proteger la eficiencia del mercado. Los profesionales deben evitar cualquier conducta que distorsione la realidad de los precios o interrumpa el flujo natural de las operaciones.
Prohibiciones clave:
- Manipulación de precios: No participar en actividades que creen condiciones falsas de oferta o demanda (como el wash trading o simulación de operaciones).
- Uso de engaños: Abstenerse de alterar tasas o precios mediante rumores, noticias falsas o información engañosa.
- Libre formación de precios: Asegurar que los precios deriven estrictamente del libre contacto entre oferta y demanda.
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Continuidad operativa: No interrumpir o alterar injustificadamente la normalidad de los sistemas de negociación.
Ejemplos de aplicación:
- Combate a las "Fake News": Difundir rumores en redes sociales o foros financieros para inflar o desplomar una acción (Pump and Dump).
- Seguridad tecnológica: Cualquier intento de vulnerar o manipular los sistemas de información o algoritmos de ejecución (Hacking financiero).
- Simulación: Realizar operaciones "espejo" entre cuentas propias para generar un volumen de operación ficticio.
Principio 3: Haz prevalecer el interés de tu cliente
Es el pilar de la confianza. Este principio exige que el profesional ponga los objetivos financieros del cliente por encima de sus propias metas de ventas o bonificaciones.
Obligaciones del profesional:
- Perfilamiento riguroso: Identificar objetivos de inversión, horizonte de tiempo y tolerancia al riesgo para recomendar solo productos apropiados (lo que hoy conocemos como Suitability).
- Transparencia total: Proporcionar toda la información relevante, costos operativos y políticas de cobro de forma clara.
- Claridad en las recomendaciones: Diferenciar claramente qué es información oficial de la emisora y qué es una opinión o recomendación personal.
- Gestión de riesgos: Asegurarse de que el cliente entienda no solo cuánto puede ganar, sino la naturaleza de los riesgos que asume.
- Igualdad de trato: Ejecutar las instrucciones con transparencia, respetando el orden de llegada y asignación (sin dar preferencia a clientes "grandes" sobre los "pequeños" de forma discrecional).
¿Cuándo aplica este principio?
- Revelación integral: Explicar las letras chiquitas de productos estructurados o derivados.
- Cero conflicto por comisiones: No inducir a un cliente a realizar operaciones innecesarias (como el churning) solo para generar comisiones para el promotor o la institución.
- Apego al perfil: Evitar vender instrumentos de alto riesgo a inversionistas conservadores.
Principio 4: Evita los conflictos entre tu interés personal y de terceros
La objetividad es el activo más valioso de un profesional bursátil. Este principio exige que ninguna relación personal, regalo o beneficio externo nuble el juicio profesional al tomar decisiones o dar recomendaciones.
Reglas de actuación:
- Rechazo de incentivos: No ofrecer, dar ni aceptar regalos, viajes o favores que comprometan la imparcialidad o creen un compromiso con terceros.
- Incompatibilidad de funciones: Abstenerse de realizar actividades que choquen con sus responsabilidades profesionales (como trabajar para la competencia simultáneamente).
- Comunicación inmediata: Si surge una situación donde los intereses personales puedan chocar con los del cliente o la institución, se debe informar de inmediato al superior jerárquico o al área de Compliance.
¿Dónde aplica este principio?
- Relaciones familiares: Operar o gestionar cuentas de familiares directos sin la debida autorización y transparencia.
- Cotitularidad: Ser cotitular en las cuentas de inversión de los clientes (una práctica prohibida que pone en riesgo el patrimonio del cliente).
- Doble empleo: Laborar para dos intermediarios financieros al mismo tiempo.
- Cuentas personales: Operar cuentas propias de manera directa sin seguir las políticas internas de la institución (para evitar el uso de información en beneficio propio).
Principio 5: Proporciona al mercado información veraz, clara, completa y oportuna
Este principio sostiene que el mercado solo puede ser eficiente si todos los participantes tienen acceso a la misma información de calidad al mismo tiempo.
Responsabilidades del profesional:
- Difusión de eventos relevantes: Colaborar en la difusión amplia y oportuna de información periódica que pueda influir en los precios de cotización.
- Filtro de rumores: Abstenerse estrictamente de propagar rumores o datos no verificados que distorsionen el mercado o la toma de decisiones del público.
- Opinión fundada: Al dar una recomendación, esta debe basarse en un análisis técnico o fundamental sólido y, sobre todo, en información que ya sea del dominio público.
Aplicación práctica:
- Obligación de los emisores: Aunque la carga principal de reportar eventos relevantes (como fusiones o cambios directivos) es de las empresas emisoras, el profesional debe asegurarse de que el cliente reciba dicha información de forma íntegra.
- Uso de fuentes oficiales: Al interactuar con el cliente, el profesional tiene la obligación ética de usar solo datos oficiales de la BMV, BIVA o sistemas de información autorizados, evitando el "oí que..." o "me dijeron que...".
Dato Clave:
En el entorno digital actual, este principio prohíbe el uso de grupos de mensajería privada (WhatsApp/Telegram) para difundir "tips" que no estén respaldados por información pública oficial.
Principio 6: Salvaguarda la confidencialidad de la información de los clientes
Este principio es la base de la confianza entre el inversionista y el profesional. Establece que toda la información obtenida en el ejercicio de la actividad bursátil es privada y debe protegerse bajo el concepto de Secreto Bursátil.
Obligaciones del profesional:
- Confidencialidad absoluta: Guardar con estricto celo los datos personales de los clientes, así como los detalles de las operaciones, saldos y movimientos en sus cuentas.
- Revelación restringida: La información solo podrá ser proporcionada cuando exista un requerimiento expreso, fundado y motivado por parte de las autoridades competentes (como la CNBV) o entidades autorregulatorias.
- Uso ético de las órdenes: No utilizar el conocimiento de las órdenes de los clientes (lo que el cliente quiere comprar o vender) para obtener un beneficio propio, de la institución o de terceros.
Nota de Seguridad:
El incumplimiento de la confidencialidad no solo es una falta ética; puede derivar en sanciones administrativas y penales severas bajo la Ley del Mercado de Valores.
Principio 7: No uses ni divulgues información privilegiada
Este es uno de los principios más críticos del mercado de valores. Su objetivo es evitar que personas con acceso a datos internos obtengan una ventaja injusta, protegiendo así la equidad entre todos los inversionistas.
¿Qué está estrictamente prohibido?
- Divulgación: Compartir información privilegiada (aquella que aún no es pública y puede afectar el precio de una acción) con cualquier persona.
- Negociación directa e indirecta: Comprar o vender valores (o derivados) basándose en dicha información, ya sea para beneficio propio o de terceros.
- Inducción: Recomendar a un cliente o conocido realizar una operación "basada en un soplo" o dato interno antes de que se haga oficial.
Aplicación Práctica:
- Eventos corporativos: Si sabes que una empresa será adquirida o reportará pérdidas récord antes de que se publique en la Bolsa, no puedes actuar sobre esa información.
- Cero "tips" internos: No se debe inducir a nadie a operar con valores cuyo precio vaya a ser influido por noticias que el profesional conoce por su cargo o relación con la emisora.
Principio 8: Compite en forma leal
La competencia en el sector bursátil debe basarse en la calidad del servicio, la capacidad técnica y la solidez de las instituciones, nunca en prácticas deshonestas o engañosas.
Prohibiciones para los profesionales:
- Beneficios indebidos: Atraer o retener clientes ofreciendo ventajas, regalos o incentivos que no estén permitidos por la normativa vigente.
- Precios predatorios: Ofrecer servicios por debajo del costo operativo con el único fin de desplazar a un competidor (competencia desleal).
- Garantías prohibidas: Nunca garantizar rendimientos en instrumentos de renta variable o aquellos cuya naturaleza no lo permita. Las ganancias siempre deben derivar del comportamiento real del mercado y el instrumento.
Casos de aplicación:
- Promesas falsas: Asegurar a un cliente que "no hay riesgo" o que "ganará el 20% mensual" en la bolsa.
- Operación con pérdidas: Realizar negocios donde la institución asume pérdidas operativas solo para quitarle el cliente a otra Casa de Bolsa.
- Pago de rendimientos ficticios: Pagar ganancias que no provienen de los activos del cliente, sino de fuentes externas o no permitidas por la ley.
La ética como motor del mercado
Actualizar estos principios no es solo un ejercicio de cumplimiento; es recordar que el Mercado de Valores mexicano se sostiene sobre la confianza. Si eres un profesional certificado o un inversionista, conocer estas reglas te permite exigir y ofrecer un estándar de excelencia.